Biblioteca Regional de Madrid Joaquín Leguina

PILAR DEL CAMPO PUERTA

La Biblioteca Regional de Madrid se crea como tal en 1989. 

En la Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid, es en el Artículo 41 donde se recoge todo lo relativo a la Biblioteca Regional, en lo siguientes términos:

1. La Biblioteca Regional de Madrid, como primer centro bibliográfico de la Comunidad de Madrid, reúne, conserva y difunde el patrimonio bibliográfico de Madrid y toda la producción, impresa o producida por cualquier procedimiento o en cualquier soporte sobre la región, a que se refiere la presente Ley.

2. La Biblioteca Regional de Madrid llevará a cabo cualquier actividad que en materia de biblioteconomía le sea encomendada por la Consejería competente en materia de bibliotecas, así como las siguientes funciones:

a) La recepción, con carácter obligatorio, de uno de los ejemplares de cada una de las publicaciones procedentes del Depósito Legal de la Comunidad de Madrid.

b) Elaborar y difundir la información bibliográfica sobre la producción editorial de Madrid.

c) Mantener la cooperación con los servicios bibliotecarios de distintos ámbitos.

d) El asesoramiento a las demás Bibliotecas del sistema cuando le sea requerido por el Consejo Madrileño de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, sobre todo, para la diseminación de registros bibliográficos normalizados que permitan una utilización asequible a los usuarios en todas las Bibliotecas.

e) Realizar la informatización de todos los servicios bibliotecarios, de forma que, mediante la creación de bases de datos, se pueda establecer un intercambio de información con otras redes de Bibliotecas.

f) Promover la investigación y el desarrollo cultural relacionados con el patrimonio bibliográfico de la región madrileña.

g) Facilitar los fondos conservados y adquiridos por cualquier procedimiento, ya sea compra, canje, donación o a través del Depósito Legal.

h) Ser el principal centro de conservación y preservación del patrimonio bibliográfico, audiovisual y digital de la Comunidad de Madrid.

i) Elaborar y gestionar el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.

j) Elaborar y gestionar el Mapa del Patrimonio Bibliográfico Madrileño.

3. Los fondos bibliográficos de cualquier clase, así como los materiales audiovisuales que formen parte del patrimonio cultural de Madrid, y que sean adquiridos por la Comunidad de Madrid, serán depositados preferentemente en la Biblioteca Regional, cualquiera que sea su temática y lugar de procedencia.

4. Por vía reglamentaria se establecerán las condiciones profesionales específicas que habrá de reunir el titular de la dirección de la Biblioteca Regional.

Una experiencia personal sobre donaciones
La biblioteca siempre está abierta a las necesidades de los usuarios y a la conservación documental. En una consulta sobre donación particular, me remitieron su política de adquisiciones, muy bien explicada y que aparece en el portal del lector; en este caso lo que interesaba era lo relativo al donativo, porque "Cualquier persona, física o jurídica, puede contribuir a la mejora del legado cultural del que la Biblioteca Regional de Madrid es depositaria".

Básicamente necesitaba entregar un listado con las obras a donar y en cualquier caso la biblioteca se reservaba incorporarlas o no a su colección, si al final la conservación del documento no es la optima.

Por ello, como todo parecía estar corrector, realicé una donación muy especial  en nombre de padre Antonio del Campo Machicado, y todo se llevó conforme a las normas establecidas.  Los documentos donados fueron: un Mapa de Madrid y una Colección de calendarios de diversos años.


También unos libros que, consultada previamente la colección de la biblioteca, bien podía pasar a engrosarla por ser de su interés y por eso fueron acepados:

TORRES DEL ALAMO, A. ; ASENJO, A. LORENZA LA SERIA. S.N. 1926
DANTIN CERECEDA, J. ZOOTECNIA : TECNICA INDUSTRIAL. S.N. 1933
OLBÉS Y ZULOAGA, l. LECCIONES ELEMENTALES DE QUÍMICA. S.N. 11ª MADRID 1935 
OLBÉS Y ZULOAGA, l. LECCIONES ELEMENTALES DE FÍSICA. S.N. 10ª MADRID 1933


Con este dato personal sobre la donación y forma de proceder, se quiere dejar constancia y poner de manifiesto que ante de tirar documentos y libros antiguos, viejos, obsoletos y casi molestos por no saber qué hacer con ellos, es mejor informarse y darles la oportunidad de ser conservados para las generaciones futuras y como documentación para los investigadores. 
La biblioteca me firmó el consabido recibí.



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